Transparencia

Cuentas anuales

El Presidente del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, en su condición de cuentadante, es el encargado de rendir las Cuentas Anuales del Organismo al Tribunal de Cuentas, por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 138.1 letra, de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y el artículo 93 del Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, reguladora del Patrimonio nacional.

Con carácter previo, se recaba el informe preceptivo de auditoría de la Intervención Delegada en el organismo sobre las cuentas anuales formuladas y se someten a la aprobación del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

La disposición transitoria primera de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, establece que hasta la aprobación del real decreto contemplado en el artículo 54.6, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional continuará ejerciendo las funciones de patronato y representación de la Fundación de la Santa Cruz del Valle los Caídos. En esta misma disposición, se recoge que entre sus funciones se haya la de elaborar las cuentas de la misma. Además, la disposición adicional centésima cuadragésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos General del Estado para el año 2021, prevé que desde el ejercicio 2021 los ingresos provenientes de la actividad, rendimientos y explotación de los bienes y derechos de titularidad de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos dejarán de ser contabilizados como ingresos del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, registrándose y contabilizándose como ingresos de la mencionada Fundación, de acuerdo con el régimen jurídico aplicable a la misma.

En virtud de lo anterior, se procede a la publicación de las cuentas anuales de la Fundación de la Santa Cruz del Valle los Caídos.

 

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